1. ¿Está permitido vender un producto a un cliente que lo utilizará como soborno después de haberlo comprado?2. En ocasiones, las instituciones oficiales dan regalos que son cubiertos por los fondos rotativos de dichas instituciones. ¿Se considera soborno regalar este tipo de regalos a una posición en lugar de una persona? Si una persona que trabaja en una de estas instituciones se acerca a nosotros como cliente y nos explica la situación (es decir, que el producto que va a comprar será utilizado como regalo o soborno), ¿está permitido venderle el producto a dicha persona?
“Dear brother/sister,”
“Este tema ha sido trasladado junto con sus respuestas y comentarios, haz clic para leer…”
“Greetings and prayers…” –> “Saludos y oraciones…””Islam a través de preguntas”