Kadının küpe takması sünnet mi? Bir kadının kulağının delik olması gerekir mi? Efendimiz (s.a.v) döneminde örnek alacağımız hanımlardan küpe takan var mı?
“Querido/a hermano/a,”
“Debido a la creación de la mujer, ella no puede renunciar a la belleza y al adorno. En la medida de lo posible, usa y lleva algunos adornos. La mayoría de los adornos, como collares, brazaletes y anillos, se colocan en el cuerpo sin necesidad de ninguna manipulación. Sin embargo, los pendientes no son así. Aunque hoy en día algunos pendientes se colocan directamente en la oreja, a menudo se requiere perforar la oreja para poder llevarlos.””Según lo registrado en los libros de jurisprudencia de la escuela Hanafi, como ‘Reddû’l-Muhtar’ y ‘el-Feteva’l-Hindiyye’, y en la escuela Shafi’i, como ‘İânetü’t-Tâlibîn’, no hay ninguna prohibición para que una niña o mujer se haga una perforación en la oreja con el propósito de usar aretes.”
“Because this type of action was also carried out during the time of the Prophet (Peace and blessings be upon him), but it was not forbidden.””Sin embargo, algunos de los ulemas Shafi’i no consideran permitido perforar las orejas de las niñas sin motivo, porque causaría sufrimiento innecesario. Hoy en día, estas preocupaciones ya no son relevantes, ya que se pueden perforar las orejas sin dolor ni sufrimiento mediante un método indoloro.” No obstante, algunos de los ulemas Shafi’i no consideran aceptable perforar las orejas de las niñas sin una razón justificada, ya que esto puede causarles sufrimiento innecesario. Sin embargo, en la actualidad estas preocupaciones han perdido relevancia, ya que existen métodos indoloros para realizar esta perforación.
Si una niña ha alcanzado la pubertad, su oído debe ser perforado por una mujer, un pariente cercano como una hermana o un tío, que no sea un posible esposo. No está permitido que un hombre desconocido haga este procedimiento. Esto se debe a que un hombre desconocido no puede tocar el cuerpo de una niña que ha alcanzado la pubertad, excepto por sus manos y rostro. Solo en casos de necesidad religiosa se permite. Sin embargo, en este asunto, no se puede hablar de una necesidad de perforar el oído.”No hay ninguna objeción para perforar las orejas, excepto en esta posible situación.”
“Recursos:”
1. Reddû’l-Muhtar, 5: 270; el-Feteva’l-Hindiyye, 5: 358;2. La ayuda a los necesitados, 4: 175.
“¡Saludos y oraciones!””Preguntas sobre el Islam”